¿Qué es una comisión de servicios? 

Es un nombramiento, de carácter temporal, mediante el que un funcionario, que reuna los requisitos para ello, desempeña puestos o funciones especiales distintas a las específicas del puesto de trabajo al que haya sido adscrito. Al margen de situaciones recogidas en la legislación (cobertura de un puesto en caso de urgente e inaplazable necesidad), corresponde a la Administración valorar y determinar los casos en los que se debe recurrir a esta modalidad de nombramiento. Hay convocatorias baremadas que se realizan períodicamente, como son las destinadas a cubrir puestos de compensatoria y aulas de enlace, o en los IES bilingües. Como regla general, la comisión de servicios será desempeñada voluntariamente (salvo concurso desierto y necesidad inaplazable de cobertura de un puesto, en que se podrán acordar comisiones de servicio forzosas). La duración de las comisiones de servicio es de un año, pudiendo ser prorrogadas por el órgano competente. De igual forma, las comisiones de servicio pueden ser revocables.